NOTA DESTACADA De esta forma, se impide que se cumpla con el derecho a un ambiente sano y al deber de preservarlo establecido en el artículo 41 de la Constitución Nacional. Algunos de los actos más notorios que padecemos actualmente y que en la mayoría de los casos no poseen personas sancionadas penalmente son: deforestación e incendios de bosques y humedales (según el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible el 95% provocados por el hombre), ilimitadas exploraciones sísmicas subacuáticas y pesca ilegal; minería a cielo abierto; caza y tráfico de especies amenazadas; uso indiscriminado de agroquímicos; y otras actividades contaminantes en general, con perjuicios no sólo al entorno, sino también a la salud humana y no humana. Lamentablemente en muchas ocasiones para quienes cometen estos delitos, resulta ser mejor “negocio” pagar multas administrativas o indemnizaciones judiciales posteriores, sabiendo que la ganancia económica que les repercute continuar con dichos actos dañinos son mayores que la pena impuesta.